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sábado, 26 de septiembre de 2020

LOS ESTATUTOS DE LA COFRADÍA DE HORTELANOS DE LA VIRGEN DE ZOCUECA DE LA ALDEA DEL RUMBLAR (1924)


 

En esta noche tan atípica sin los ecos de una nueva romería, les dejo esta entrada con el afán, nuevamente, de divulgar la historia. En esta ocasión, lo haré con algo ya publicado como son los estatutos de la única cofradía que se erigió en el Santuario de Zocueca mientras fue parroquia, la cofradía de Hortelanos de Nuestra Señora de Zocueca en 1924. Los mismos fueron estudiados aquí, por Juan José Villar Lijarcio y el que suscribe que los encontró en el Archivo Histórico Diocesano de Jaén.

Con esta entrada extiendo a todo el mundo las copias de aquellos estatutos y les adjunto una vez más, la transcripción.













ANEXO – TRANSCRIPCIÓN

Estatutos de la Cofradía de Hortelanos de Nuestra Señora de Zocueca y San Vicente Diácono y Mártir, establecida en la Parroquia del Rumblar (1924)

 


Artículo 1º La Cofradía de Hortelanos de Nuestra Señora de Zocueca y San Vicente Diácono y Mártir queda erigida en la iglesia parroquial de Nuestra Señora de Zocueca del Rumblar, mientras la autoridad del Prelado Diocesano no determine su traslación.

Artículo 2º El fin de esta Cofradía es fomentar la fe y la piedad de sus miembros atendiendo al sostenimiento del culto público y solemne que ha de tributarse a Nuestra Señora de Zocueca en su antiquísimo Santuario del Rumblar.

Artículo 3º El glorioso Mártir San Vicente, Diácono español, será protector y modelo especial de los asociados, quienes imitaran su constancia en la fe para superar cuantos obstáculos se opongan a la realización de su nobilísimo fin.

Artículo 4º El Domingo siguiente al día 23 de Septiembre celebrará la Cofradía su fiesta principal. Fecha que podrán trasladar a otra más conveniente, si lo exigen prudentes circunstancias, el párroco del Rumblar y la Junta Directiva de la Cofradía obrando de común acuerdo.

Artículo 5º Compondrán esta Cofradía dos clases de miembros, a saber: socios activos y socios protectores.

Artículo 6º Solo podrán ser socios activos de esta Cofradía los hortelanos.

Artículo 7º Serán socios protectores todas aquellas personas que se obliguen a contribuir anualmente, pecuniaria o de cualquier otra forma, al sostenimiento y esplendor de los cultos que tribute esta asociación.

Artículo 8º En los actos públicos los socios protectores tendrán los mismos derechos y deberes que los activos pero no gozarán de voz, ni voto en las deliberaciones de la Cofradía, ni podrán formar parte de la Junta Directiva.

Artículo 9º La Junta Directiva la constituirán cinco socios activos, quienes desempeñarán los cargos de Mayordomo, Tesorero, Secretario, Vice-Tesorero y Vice-Secretario.

Artículo 10º La Junta una vez constituida gozará de los más amplios poderes para el gobierno de la Cofradía dentro de los asuntos ordinarios o urgentes.

Artículo 11º Los acuerdos extraordinarios serán tomados en Junta General, para cuya celebración se convocará a los socios activos con 48 horas de antelación.

Artículo 12º Todos los años el tercer Domingo de Octubre celebrará la Cofradía Junta General para examinar la gestión de la Junta Directiva durante el año anterior, tomar los acuerdos que se juzguen oportunos, dar posesión al nuevo mayordomo y elegir los otros cuatro miembros de la Junta Directiva.

Artículo 13º Cuantos socios no concurran a las Juntas Generales, han de acatar todos los acuerdos que se tomen en ellas.

Artículo 14º El cargo de Mayordomo lo irán desempeñando los socios activos según orden de antigüedad en la Cofradía (Al principio se atenderá a la edad de los socios activos fundadores para ocupar este cargo).

Artículo 15º El Tesorero, el Secretario, Vice-Tesorero y Vice-Secretario serán designados en Junta General, mediante votación secreta por los socios activos.

Artículo 16º El escrutinio lo efectuará en presencia de los concurrentes a la Junta General el Sr. Cura Párroco del Rumblar u otra persona designada por él, en ayuda de dos escrutadores nombrados por votos secretos antes de proceder a la elección de cargos.

Artículo 17º En caso de empate ocupará el cargo, de entre aquellos que obtuvieron igual número de votos, quien sea más antiguo en la Cofradía como socio activo; y si los elegidos son fundadores, el que tenga mayor edad.

Artículo 18º Si en virtud del escrutinio resultase nombrado para desempeñar alguno de los cargos electivos, quien ya lo ocupase en año o años anteriores, podrá continuar ejerciéndolo, pero nunca ha de prescindirse de la votación secreta.

Artículo 19º Las insignias de autoridad serán llevadas en los actos públicos por el Mayordomo, Tesorero y Secretario; las banderas o estandartes por el Vice-Tesorero y por el Vice-Secretario o personas que ellos designen para tan honrosos cargos.

Artículo 20º Son deberes del Mayordomo: presidir la Cofradía cuando actúe públicamente, procurar el desarrollo de la misma, la observancia de estos estatutos, el esplendor de los cultos, autorizar al Tesorero siempre que haya de recibir fondos o efectuar pagos y conservar todos los objetos que pertenezcan a la asociación.

Artículo 21º El Tesorero custodiará los fondos, percibirá las aportaciones y hará los gastos siempre con el visto bueno del Mayordomo y llevando debida cuenta de ingresos y pagos con los oportunos justificantes. En esto le sustituirá en derechos y deberes el Vice-tesorero.

Artículo 22º El Secretario debe llevar el nomenclátor de asociados y el libro de actas donde consignará las correspondientes a cuantas Juntas Generales y Directivas se celebren. Obligaciones que cumplirá el Vice-Secretario cuando a él no le sea posible.

Artículo 23º Todos los cofrades están obligados a profesar especialísima devoción a Nuestra Señora de Zocueca, a concurrir a cuantos actos celebre o esté corporativamente la Cofradía y a velar por la conservación, respeto y amor que merece el secular e histórico Santuario del Rumblar; los socios activos deben además emitir voto secreto y en conciencia para designar las personas que juzguen más aptas para el desempeño de los cargos electivos y a pagar la cantidad que corresponda para satisfacer los gastos que ocasione la fiesta anual y solemne de la Cofradía y que no hayan sido abonados con los ingresos habidos por otros conceptos.

[Firmas y rúbricas]

El Mayordomo, José Navío Martos

El Secretario, Francisco Carmona […]

El Tesorero, Manuel Álvarez Muñoz

El Vice-Secretario, Luis Villarejo Rodríguez

El Vice-Tesorero, Antonio Carmona Moya

El Párroco, José Mª. Marín Acuña

***

D. José Mª Marín Acuña, Presbítero, Cura, Párroco de Nuestra Señora de Zocueca del Rumblar, a Vuestra Ilustrísima, con el debido respeto expone:

Que deseando los hortelanos de las Huertas de S. Vicente de esta feligresía, constituir una asociación piadosa bajo las normas y con los fines que establecen los adjuntos estatutos, a Vuestra Excelencia los remite y Suplica se digne mandarlos examinar y si son merecedores los apruebe y autorice la erección en esta Parroquia de la “Cofradía de Hortelanos de Nuestra Señora de Zocueca y S. Vicente Diácono y Mártir” que por ellos ha de regirse.

Gracias que espero obtener de la reconocida bondad de Su Ilustrísima, cuya vida guarde Dios muchos años.

Bailén, 22 de Abril de 1924.

José Mª. Marín Acuña [firma]

[A/A] Iltmo. Rvdmo. Sr. Obispo de la Diócesis de Jaén

***

Jaén, 24 de abril de 1924

Pasé al M. I. Sr. Fiscal General Eclesiástico para que emita dictamen. [rúbrica]

***

Nihil obstat, pero convendría reformar el artículo 16º en conformidad con el canon 171.

Jaén en 25 de Abril de 1924.

El Fiscal General, Cristóbal Moreno [firma]

***

Jaén, 13 de Junio de 1924

Por lo que a Nos toca y en conformidad al dictamen de nuestro Fiscal General Eclesiástico venimos en aprobar y aprobamos los presentes Estatutos por los que se ha de regir y gobernar la Cofradía de Hortelanos de Nuestra Señora de Zocueca y San Vicente Diácono y Mártir, establecida en la Parroquia del Rumblar; prometiéndonos de la piedad y celo religioso de sus asociados los cumplirán bien y fielmente, estimulando a sus convecinos a la propagación de tan santa devoción en evidente testimonio del arraigo y solidez de las creencias católicas de dicha localidad.

Lo acordó y firma S.S. el Gobernador Eclesiástico, S.P. [Sede Plena], de que certifico.

El Gobernador Eclesiástico, S.P.

Dr. Saturnino Sánchez de la Nieta [firma]

Por mandado de S.S. el Gobernador Eclesiástico, S.P.

Dr. Félix Pérez Portela [firma]

viernes, 25 de septiembre de 2020

LA REPRESENTACIÓN ICONOGRÁFICA MÁS ANTIGUA DE LA VIRGEN DE ZOCUECA EN LA CARTA DE HIDALGUÍA DE LA FAMILIA ESCALANTE (1639) (Programa de Romería de Zocueca 2020)

 

 



En este año tan atípico, llegado el mes de septiembre todo debería haber comenzado a oler a romería del último domingo de septiembre hasta la aldea del Rumblar con su Reina y Señora, Nuestra Señora de Zocueca. Como se ha puesto de moda, aquello del NO seguido del nombre de la celebración, este año será la NO romería. Pero si se están realizando los cultos, la populosa novena a la Virgen por lo que la cofradía y ayuntamiento han querido editar un año más el programa de romería.

Para esta ocasión aproveché para hacer un estudio sobre un gran hallazgo que nos desveló la página de Facebook “Somos de Bailén” el mismo día 5 de agosto pasado, como fue el que es hasta ahora la representación artística más antigua que refleja a la iconografía de la Virgen de Zocueca. El dibujo se encontraba en la carta de hidalguía de una familia apellidada Escalante, residente en Bailén entre el siglo XVI y XVII que tengamos constancia.

Puestos a investigar donde se encontraba esa obra de arte, siguiendo las pistas de la familia Escalante, una simple búsqueda en Google nos llevó al otro gran dibujo del libro de ejecutoria de hidalguía como es el escudo nobiliario, y este a su vez nos acercó a una web de una casa de subastas argentina que lo puso en subasta en septiembre de 2015.

Tristemente se vendió y desconocemos su paradero. En el artículo podrán leer un estudio sobre la pieza en sí. Un libro que tristemente podríamos haber recuperado, ya que informé de su posible compra al concejal de Patrimonio de Bailén por si le interesaba al ayuntamiento adquirir esa joya histórica para su archivo y para que Bailén lo custodiara. He de advertir que los ayuntamientos disponen de partidas presupuestarias específicas para este tipo de compras. Por ello, interesados en este documento de gran valor histórico, intentaron conseguirlo, pero tristemente el comprador de la ejecutoria informó a la casa de subastas que no quería desprenderse del libro.

Pero, al menos nos quedan fotografías de lo más importante y si se quiere conocer el contenido del libro, la escritura original está accesible en el archivo de la Real Chancillería de Granada.

Les ilustro esta entrada con todas las fotografías que había colgadas en la web de la casa de subastas de Buenos Aires y para leer el artículo pinchen aquí

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miércoles, 9 de septiembre de 2020

LAS DEVOCION PARTICULAR DE JUAN FRANCISCO DE COSTILLA (1785)


Una reciente conversación sobre las devociones particulares me ha inspirado esta nueva entrada. Conversábamos un amigo y yo sobre esa corriente, que aunque por las redes sociales parezca una nueva moda, es algo que se viene realizando desde la noche de los tiempos. Le comentaba que no era de mi gusto el tener en casa una imagen pequeña o incluso de tamaño completo (obviado las típicas imágenes pequeñas de Olot o las que venden ahora los chinos de plástico). Pienso que el arte religioso es sobre todas las cosas catequesis pura (la mejor para los sencillos), y por ello considero que donde mejor está una imagen es un lugar sagrado y sobre todo público. Además, que viéndolo desde la óptica más mundanal y desde una perspectiva de defensa y divulgación del patrimonio, creo que el arte debe de ser expuesto para el disfrute de todos.
Siempre suelo decir que no le encuentro sentido a esos que se gastan una pasta por un Goya o un Picasso para solo su disfrute o el de unos cuantos. Si algo creo que le da valor al arte, es la llamada que hace sobre las personas. Qué sería de Las Meninas si el planeta entero no viajara hasta Madrid para solo contemplarlo…
Es una lástima a mi parecer que una gran obra de un imaginero actual se quede en la intimidad de una habitación. Se me parte el alma cuando por las redes nos las enseñan como diciendo: “miradla que va a ser vuestra única oportunidad”.  Más doliente me parece que una familia herede una obra antigua solo para su contemplación. Se imaginan que alguien tuviese una obra cumbre de Montañés, Mesa, Mora o Mena en sus casas… puede haberlas. De hecho, las ha habido, y con algo de suerte se han creado cofradías como pasó con la Amargura de Jaén. Cada vez que pienso que la dolorosa de Montes de Oca que tenía el escultor recientemente fallecido Manuel Hernández León ha acabado en una colección particular de un pueblo de Málaga me da algo…
Volviendo a lo estrictamente devocional, creo que ni una simple foto necesitamos para realizar la oración y la meditación, pero bueno yo soy de ese pensamiento, que como visitar al auténtico y genuino, nunca será como hacerlo con una copia. Pero que quede claro que es una visión particular, respeto a todo al que le guste tener imágenes en su casa… lo que no me convence es cuando una habitación la queremos convertir en templo, en sala de besamanos, a la Virgen en nuestro modelo, etc. que quieren que les diga, me parece jugar con algo muy serio. Caer en el error de confundir al que no sabe de qué va este “juego” de la fe. Es más, el confinamiento me ha mostrado que muchos no sabemos a qué “jugamos” con ciertos esperpentos vistos durante la NO Semana Santa de 2020.
Bueno, tras esta reflexión introductoria, les dejo una curiosa reseña que me encontré entre los testamentos de los antiguos vecinos de Bailén y las devociones particulares.
El testamento fue otorgado el 9 de marzo de 1785 Ante el escribano de Bailén; D. Alfonso Leandro Carvajal por un señor que entonces se encontraba en estado soltero llamado Juan Francisco José Miguel Costilla y Orbaneja. Para ese día se encontraba sano y en su juicio, es decir no se trataba de un testamento a las puertas de la muerte. De hecho, murió bajo esa testamentaria el 19 de agosto de 1792. Probablemente sus restos mortales aún se encuentren en el suelo sagrado de la Encarnación donde pidió ser enterrado “en la sepultura de los de mi familia que es junto a la baranda al altar del Sagrario y la tarima del a las Benditas Ánimas”.
Es decir, más o menos en la esquina entre el actual retablo de la Virgen de Zocueca y el mausoleo del General Castaños. Afirmo este lugar después de haber leído infinidad de referencias para aseverar que esos altares se encontraban en ese lugar, donde hoy se dice y me cuentan que había una escalera que bajaba a una cripta bajo el altar mayor, donde se enterraban los clérigos, etc.
Siempre he dicho con quienes he tratado este asunto de la escalera y la cripta que aún en ningún testamento de Bailén desde 1630 a 1913 he encontrado una sola referencia a esa escalera ni a esa cripta. De hecho, ni un cura he encontrado que pida ser enterrado en esa hipotética cripta. Y bueno, valga este ejemplo de que en ese lugar no había ninguna escalera, aunque citen una baranda, se refiere a una pequeña reja que tenían muchos retablos, como es este caso del retablo del Sagrario (donde hoy está el actual con la Virgen de Zocueca). Si hubiese ahí una escalera la hubiesen nombrado sin duda, o eso creo después de llevar 5 años leyendo testamentos y enterramientos en esa zona. Aunque no digo que no la hubiese de verdad, solo que los papeles viejos más directos sobre esas circunstancias no me hablan del caso.
Volviendo a don Juan Francisco Costilla, era hijo según su declaración de D. Antonio Costilla y Narváez (natural de Bailén) y de Dª. Josefa Arcediano y Zúñiga (natural de Andújar). Sus hermanos fueron D. Juan Antonio Costilla (que estaba casado con Doña Flora de Carmona) al que dejó junto a su hermana Isabel María de Costilla como sus universales herederos. Probablemente estemos ante los ancestros de los Costilla, aunque la verdad, aún no he intentado estudiar su árbol genealógico. Creo que este señor pertenece a una familia de la que ya hablamos Juan José Villar y un servidor sobre su actividad como cofrades de la antigua hermandad de La Soledad y la posterior escuadra de La Soledad (actual cofradía de la Virgen de los Dolores) en la revista Locuber (pinche aquí para leer el artículo).
Tuvieron que ser la típica familia adinerada con un fuerte arraigo eclesial y cofradiero. De hecho, pienso que su abuelo fue D. Juan Antonio de Costilla y Narváez, el último mayordomo de la primitiva hermandad de la Soledad (nombrado el 17 de marzo de 1700) antes de que quedara completamente desorganizada y sin hermanos y comenzase a ser regidos sus bienes por un administrador diocesano, que recayó en la figura del presbítero don Francisco Martín de Rui Martín, al menos entre los años 1752 y 1785. Años después, en 1779, el hijo de este y padre de Juan Francisco Costilla, don Juan Antonio de Costilla y Narváez sería el mayordomo de la escuadra de la Soledad (actual hermandad de la Virgen de los Dolores) que estrenaría la nueva imagen adquirida en Úbeda, en un punto de inflexión trascendental en la historia de la hermandad, abandonando ciertos modos y costumbres que venían de antaño para comenzar a configurar lo que es la actual cofradía. Es curioso, que siendo la familia “de la Virgen” (con pleito incluido sobre el privilegio de sacar el Pendón que gobierna y dirige la procesión), nuestro protagonista tuviese un Nazareno como devoción particular.
Sobre su poderío social habla el mismo testamento donde destacó que gozaba de la posesión de los vínculos mayorazgos fundados por Doña Catalina y Doña Leonor de Costilla y otras más hermanas cuyas fincas de su capital estaban en Bailén. Otro que fundó Don Diego de Montoro y Vago cuyas fincas estaban en el término de la villa de Cazalilla. Otro que fundaron Fernán Mesía y Doña María Dávalos, su mujer, cuyas fincas estaban en el término de la ciudad de Úbeda y la villa de Sabiote. De otro que fundó Doña Isabel de Ortega cuyas fincas se hallaban en la referida villa de Sabiote. Y de otro que fundó Don Bartolomé de Bustamante en la ciudad Almuñécar en el “reino y obispado de Granada”.
De los testamentos me resulta siempre anecdótico un hecho de lo que creo que hoy, nos cuentan “la película” de otra forma. Los ricos, lejos de tratar como a perros a sus sirvientes como vemos hoy día en series y películas, les dejaban algo de herencia. Juan Francisco de Costilla le dejó a su sirvienta Ana Pérez nada más y nada menos que 30 ducados de vellón que se le debería entregar cuando él falleciera, y si ella muriese antes, que esos 30 ducados se invirtiesen en misas por el alma de su sirvienta. Esto para la época, era una obra de caridad de mucha importancia en la sociedad del antiguo régimen.
Pero bueno, para acabar les contaré lo que hizo que este testamento pasase a engrosar mi archivo personal (copia, que nadie se confunda) como fue el hecho de que contaba en su casa con una imagen de devoción particular. Nada más y nada menos que un Cristo con la cruz a cuestas que era de vestir.
Según la manda podemos leer lo siguiente:
Declaro que entre las alhajas que tengo y poseo mías propias, es una efigie de bulto de Nuestro Padre Jesús de Nazareno con su corona y cruz a cuestas, túnica interior, y exterior de terciopelo: y mediante a que es mi voluntad que dicha sagrada imagen se conserve con la decencia posible y se le dé el culto y veneración debida: desde luego quiero y es mi voluntad, esté desde el día de mi fallecimiento en adelante y para siempre jamás vinculada para cuyo fin la agrego en toda forma a los vínculos anteriormente referidos para que los poseedores que sean de ellos, tengan el uso, y goce en sus propias casas de dicha soberana imagen con la debida decencia sin más pensión que esta y la de pedir a Dios Nuestro Señor por mí”.
El señor Costilla nos habla que tiene un Nazareno en su casa, al que le profesa especial devoción. Era común antaño entre los pudientes tener habitaciones en sus casas destinadas como capillas privadas donde se podían celebrar algunos sacramentos bajo autorización del señor obispo. De hecho, los Soriano Marañón la tuvieron en su casa (actual colegio Sagrado Corazón) o los Rentero, donde siempre citan un San José y una Virgen del Carmen que fueron heredando sus descendientes. En esas capillas llegaban a hacer desde la primera comunión hasta casarse. 
No cita el tamaño de la imagen, de hecho, no das más pistas. ¿Sería de tamaño académico o al natural? Lo tuvieron que heredar sus hermanos y se supone que ellos le siguieron rindiendo el culto privado. ¿De qué época sería? ¿lo haría un gran escultor? Y, sobre todo, existirá aun en la casa de algún descendiente o en la colección de algún coleccionista de arte que se lo encontrase en algún anticuario donde pudo acabar sus días (triste fin de casi todas las imágenes de devoción particular). ¿O puede que las “hordas del Marxismo” (como se escribía en la posguerra) pudieron hacerlo desaparecer en los episodios iconoclastas de la Guerra Civil?
Una de las noticias que he buscado con más ahínco ha sido la llegada del primer Nazareno a Bailén. Aunque me he acercado, aún no lo he conseguido del todo, pero aún recuerdo cómo se aceleró mi corazón cuando comencé a leer las primeras palabras de la manda testamentaria. Per no, no era el Nazareno para la cofradía, solo que un caballero tenía allá por 1785 su particular Cristo en su casa. Llegué hasta a pensar… “tal vez cuando los franceses destruyen las imágenes de la cofradía de Jesús Nazareno en 1810, los Costilla donaran esta imagen para reponer la devoción perdida y es el que conocemos por fotos… pero eso, son meras suposiciones, que solo más investigación podría resolver o simplemente quizás jamás sepamos que pudo pasar. Mientras tanto aquí les dejo una historia más que nos cuentan los papeles viejos.
Aqui les dejo el Testamento.