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lunes, 7 de octubre de 2019

ROSARIO BAILENERA


En la festividad de Nuestra Señora del Rosario me acordaré una vez más de la antiquísima devoción que albergó nuestra vieja parroquia de la Encarnación. Devoción e imagen que se perdió en aquel 16 de agosto de 1936, justamente un día después de que en Sevilla el bando nacional reconociese nuevamente la bandera rojigualda como su enseña nacional.
Seguimos sin conocer una fotografía de aquella imagen que se veneró desde el siglo XVI en la actual capilla donde recibe culto la neoclásica imagen de San Dimas glorioso. En ella aún se conservan (aunque estén desapareciendo a la velocidad del rayo) unos frescos que tuvieron que decorar la capilla al menos en su origen y que tal vez fueron tapados en el siglo XVIII por un retablo que a duras penas podemos reconocer en algunas fotos del presbiterio. Tras su destrucción en la Guerra Civil, seguramente volvieron a aparecer.
Capilla que fue Altar Privilegiado de la parroquia hasta que en 1878, el obispo D. Manuel María León González designó como altar privilegiado a todos los altares mayores de las catedrales, colegiatas y parroquias de la diócesis. Pero bueno, muchas cosas se pueden contar ya sobre aquella cofradía y devoción, pero hoy les dejo algunos datos sobre cómo fue aquella imagen y que cultos se le pudieron tributar según algunos testimonios encontrados durante mis investigaciones.
Creo que fue lo segundo que fotocopié del Archivo Diocesano de Jaén a finales de 2015, sobre unos estatutos que nos hablan de una reorganización de la cofradía del Rosario, tras pasar varios altibajos durante el siglo XIX y que están fechados en 1899. Están encabezados por la siguiente invocación:
ESTATUTOS DE LA COFRADÍA DE NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO ESTABLECIDA EN LA ÚNICA PARROQUIA DE DICHA CIUDAD.
En el nombre de la Santísima Trinidad, Padre, Hijo y Espíritu Santo, tres personas distintas y un solo Dios verdadero, y para honra de la Santísima Virgen María, Nuestra Señora del Rosario, Madre de Dios y de los pecadores, establecemos y ordenamos los Estatutos de esta Santa Regla. Los que, luego sean aprobados y confirmados por el Excmo. y Reverendo Sr. Obispo de esta diócesis, nos obligamos a observar y cumplir todos los hermanos que ahora somos y en adelante seamos, y humildemente pedimos a la Santísima Virgen nos alcance de su Santísimo Hijo las gracias que necesitamos para cumplirlos con fidelidad y poder ganar las muchas indulgencias que están concedidas por los Sumos Pontífices a los cofrades del Santísimo Rosario, y para que todo sea a mayor honra y gloria de Dios Nuestro Señor y de su Santísima Madre y para santificación de nuestras almas”.
Tras esto pasan a un primer capítulo titulado: De las funciones religiosas y ejercicios piadosos de esta cofradía. En el nos dejan la primera regla de aquellas nuevas ordenanzas por las que deberían regirse los hermanos:
Esta cofradía tiene el piadoso objeto de honrar y dar culto a la Reina de los Ángeles, María Santísima Nuestra Señora del Rosario, que bajo este título invocada, ha obtenido a toda la cristiandad grandes victorias contra infieles y la conversión de innumerables pecadores.
Celebra en su honor una fiesta en el día de su advocación, que es el domingo primero de octubre, con misa solemne, comunión general de los hermanos, y Rosario cantado por la tarde; en todos los domingos primeros de mes, procesión alrededor de la iglesia, fuera o dentro de ella, llevada en andas la imagen de Nuestra Señora del Rosario, abonando la cofradía por la función”.
Nos hablan de los cultos que pensaban rendir a la imagen, como es una fiesta (misa) el día de su onomástica pero que no se trataba de tal día como hoy, 7 de octubre, sino el primer domingo de octubre y su carácter procesional con una procesión claustral cada primer domingo de mes por las naves de la iglesia o rodeando el atrio.
Si la imagen fue la original de la fundación, suponemos que sería de talla completa, aunque como otras tantas advocaciones la revestirían de suntuosas vestiduras. En la regla o capítulo VI titulado como De la camarista citan que las obligaciones y atribuciones de la camarista [camarera] son vestir la imagen de Nuestra Señora del Rosario para las funciones de la cofradía y domingos primeros de mes, y custodiar los vestidos y alhajas. Por lo que ya nos podemos imaginar que la imagen se presentaba vestida de mantos, sayas, joyas y coronas. Un manto perteneciente hoy día a la Virgen de Zocueca, se cuenta de forma oral que perteneció a esta imagen, por lo que pudo ser de tamaño similar a la Patrona de Bailén. Sirvan estos testimonios para conocer un trocito de nuestro pasado para que sirva para el futuro y ojalá esta arraigada advocación de nuestra santa iglesia volviese a venerarse entre los muros de la vieja parroquia.

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